Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos: Respuesta «Sobre la decisión de escuchar confesiones en confesonario provisto de rejilla fija» (7-VII-1998)
Los padres del Consejo Pontificio para la Interpretación de los Textos Legislativos, en la sesión ordinaria del día 16 de junio de 1998, consideraron que debían responder como sigue a la duda propuesta:
D. Si, considerado lo dispuesto por el canon 964, § 2, el ministro del sacramento, por justa causa y excluido el caso de necesidad, puede decidir legítimamente, también cuando el penitente solicite diversamente, que la confesión sacramental se reciba en el confesonario provisto de rejilla fija.
R. Afirmativamente.
El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al subscrito presidente el 7 de julio de 1998, informado sobre la mencionada decisión, la ha confirmado y ha ordenado su publicación.
+ Julián Herranz
Arzobispo titular de Vertara
Presidente
+ Bruno Bertagna
Obispo titular de Drivasto
Secretario
Romana, n. 27, julio-diciembre 1998, p. 250.