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Decreto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos con el que se eleva a fiesta la memoria de santa María Magdalena (10-VI-2016)

Prot. N. 257/16

DECRETUM

Resurrectionis dominicae primam testem et evangelistam, Sanctam Mariam Magdalenam, semper Ecclesia sive Occidentalis sive Orientalis, summa cum reverentia consideravit, etsi diversimode coluit.

Nostris vero temporibus cum Ecclesia vocata sit ad impensius consulendum de mulieris dignitate, de nova Evangelizatione ac de amplitudine mysterii divinae misericordiae bonum visum est ut etiam exemplum Sanctae Mariae Magdalenae aptius fidelibus proponatur. Haec enim mulier agnita ut dilectrix Christi et a Christo plurimum dilecta, “testis divinae misericordiae” a Sancto Gregorio Magno, et “apostolorum apostola” a Sancto Thoma de Aquino appellata, a christifidelibus huius temporis deprehendi potest ut paradigma ministerii mulierum in Ecclesia.

Ideo Summus Pontifex Franciscus statuit celebrationem Sanctae Mariae Magdalenae Calendario Romano generali posthac inscribendam esse gradu festi loco memoriae, sicut nunc habetur.

Novus celebrationis gradus nullam secumfert variationem circa diem, quo ipsa celebratio peragenda est, quoad textus sive Missalis sive Liturgiae Horarum adhibendos, videlicet:

a) dies celebrationis Sanctae Mariae Magdalenae dicatus idem manet, prout in Calendario Romano invenitur, nempe 22 Iulii;

b) textus in Missa et Officio Divino adhibendi, iidem manent, qui in Missali et in Liturgia Horarum statuto die inveniuntur, addita tamen in Missali Praefatione propria, huic decreto adnexa. Curae autem erit Coetuum Episcoporum textum Praefationis vertere in linguam vernaculam, ita ut, praevia Apostolicae Sedis recognitione adhiberi valeat, quae tempore dato in proximam reimpressionem proprii Missalis Romani inseretur.

Ubi Sancta Maria Magdalena, ad normam iuris particularis, die vel gradu diverso rite celebratur, et in posterum eodem die ac gradu quo antea celebrabitur.

Contrariis quibuslibet minime obstantibus.

Ex aedibus Congregationis de Cultu Divino et Disciplina Sacramentorum, die 3 mensis Iunii, in sollemnitate Sacratissimi Cordis Iesu.

Robert Card. Sarah

Praefectus

+ Arturus Roche

Archiepiscopus a Secretis

Ofrecemos, a continuación, la traducción del decreto:

Prot. N. 257/16

DECRETO

La Iglesia, tanto en Occidente como en Oriente, ha tenido siempre en gran consideración a santa María Magdalena, la primera testigo y evangelista de la resurrección del Señor, y la ha celebrado de diversos modos.

En la actualidad, cuando la Iglesia es llamada a reflexionar más profundamente sobre la dignidad de la mujer, la nueva evangelización y la grandeza del misterio de la misericordia divina, ha parecido bien que el ejemplo de santa María Magdalena fuera propuesto también a los fieles de un modo más adecuado. En efecto, esta mujer, conocida como aquella que ha amado a Cristo y que fue muy amada por Cristo; llamada por san Gregorio Magno «testigo de la divina misericordia» y por santo Tomás de Aquino «la apóstol de los apóstoles», puede ser hoy propuesta a los fieles como paradigma del servicio de las mujeres en la Iglesia.

Por eso, el Sumo Pontífice Francisco ha establecido que la celebración de santa María Magdalena, de ahora en adelante, sea inscrita en el Calendario Romano general con el grado de fiesta en vez de memoria, como hasta ahora.

El nuevo grado celebrativo no conlleva ninguna variación sobre el día, en el que se realiza dicha celebración, y sobre los textos del Misal y de la Liturgia de las Horas, es decir:

a) permanece el mismo día dedicado a la celebración de santa María Magdalena, tal como aparece en el Calendario Romano, es decir, el 22 de julio;

b) los textos a usar en la Misa y en el Oficio Divino son los mismos que aparecen en el Misal y en la Liturgia de las Horas del día indicado, con la incorporación en el Misal del prefacio propio, anexo a este decreto. La conferencia de los obispos se encargará de traducir el texto del prefacio en la lengua vernácula, de modo que, previa aprobación de la Sede Apostólica, pueda ser usado y, a su debido tiempo, incorporado en la próxima impresión del propio Misal Romano.

Donde santa María Magdalena, según el derecho particular, es legítimamente celebrada en un día y con un grado diverso, también en el futuro se celebrará en el mismo día y con el mismo grado.

Sin que obste nada en contrario.

En la Sede de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, día 3 de junio de 2016, solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.

Robert Card. Sarah

Prefecto

+ Arthur Roche

Arzobispo secretario


Apostolorum apostola, artículo de Mons. Arthur Roche, secretario del dicasterio

Por expreso deseo del Santo Padre Francisco, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ha publicado un nuevo decreto, con fecha 3 de junio de 2016, —solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús—, con el que la celebración de santa María Magdalena, hasta ahora memoria obligatoria, será elevada en el Calendario Romano General al grado de fiesta.

Esta decisión se enmarca en el actual contexto eclesial que quiere reflexionar más profundamente sobre la dignidad de la mujer, la nueva evangelización y la grandeza del misterio de la misericordia divina. Fue san Juan Pablo II quien dedicó una gran atención no sólo a la importancia de las mujeres en la misión del mismo Cristo y de la Iglesia, sino también, y con especial subrayado, al papel especial de María de Magdala como la primera testigo que vio al Resucitado y la primera mensajera que anunció la resurrección del Señor a los apóstoles (cfr. Mulieris dignitatem, n. 16). Esta importancia continua hoy en la Iglesia, —tal como revela el empeño actual de una nueva evangelización—, que quiere acoger a todos los hombres y mujeres de cualquier raza, pueblo, lengua y nación (cfr. Ap 5, 9), sin distinción alguna, para anunciarles la buena noticia del Evangelio de Jesucristo, acompañarles en su peregrinar terreno y ofrecerles las maravillas de la salvación de Dios. Santa María Magdalena es ejemplo de una verdadera y auténtica evangelizadora, es decir, de una evangelista que anuncia el gozoso mensaje central de la Pascua (cfr. Oración colecta del 22 julio y nuevo prefacio).

El Santo Padre Francisco ha tomado esta decisión precisamente en el contexto del Jubileo de la Misericordia para significar la relevancia de esta mujer que mostró un gran amor a Cristo y fue tan amada por Cristo, como afirman varias veces Rabano Mauro al hablar de ella («dilectrix Christi et a Christo plurimum dilecta»: De vita beatae Mariae Magdalenae, Prologus) y san Anselmo de Canterbury («electa dilectrix et dilecta electrix Dei»: Oratio LXXIII ad sanctam Mariam Magdalenam). Es cierto que la tradición eclesial in Occidente, sobre todo después de san Gregorio Magno, identifica en la misma persona a María de Magdala, la mujer que derramó el perfume en casa de Simón, el fariseo, y la hermana de Lázaro y Marta. Esta interpretación continuó e influyó en los autores eclesiásticos occidentales, en el arte cristiano y en los textos litúrgicos relativos a la santa. Los bolandistas expusieron ampliamente el problema de la identificación de las tres mujeres y prepararon el camino para la reforma litúrgica del Calendario Romano. Con la puesta en práctica de esta reforma, los textos del Missale Romanum, de la Liturgia Horarum y del Martyrologium se refieren ya a María de Magdala. Lo que es cierto es que María Magdalena formó parte del grupo de discípulas de Jesús, le acompañó a los pies de la cruz y, en el jardín donde se encontraba el sepulcro, fue la primera «testis divinae misericordiae» (Gregorio Magno, XL Hom. In Evangelia, lib. II, Hom. 25, 10). El Evangelio de Juan relata que María Magdalena lloraba, porque no había encontrado el cuerpo del Señor (cfr. Jn

20, 11); y Jesús tuvo misericordia de ella al darse a conocer como su Maestro y transformar sus lágrimas en gozo pascual.

Aprovechando esta oportuna circunstancia, quisiera subrayar dos ideas inherentes a los textos bíblicos y litúrgicos de esta nueva fiesta, que pueden ayudarnos a captar mejor la importancia actual de esta santa mujer.

Por un lado, tiene el honor de ser la primera testigo («prima testis») de la resurrección del Señor (Hymnus. Ad Laudes matutinas), la primera que ve el sepulcro vacío y la primera en escuchar la verdad de su resurrección. Cristo tiene una especial consideración y misericordia con esta mujer, que manifiesta su amor hacia él, buscándole en el huerto con angustia y sufrimiento, con «lacrimas humilitatis», como dice san Anselmo en la mencionada Oración. A este propósito, quisiera señalar el contraste entre las dos mujeres presentes en el jardín del paraíso y en el jardín de la resurrección.

La primera, difundió muerte donde había vida; la segunda, anunció la Vida desde un sepulcro, lugar de muerte. Así lo indica el mismo Gregorio Magno: «Quia in paradiso mulier viro propinavit mortem, a sepulcro mulier viris annunciat vitam» (XL Hom. In Evangelia, lib. II, Hom. 25). Más aún, es precisamente en el jardín de la resurrección donde el Señor dice a María Magdalena «noli me tangere». Es una invitación dirigida no sólo a María, sino también a toda la Iglesia para entrar en una experiencia de fe que supera toda apropiación materialista y aprehensión humana del misterio divino. ¡Es un acontecimiento eclesial! ¡Una buena lección para todo discípulo de Jesucristo: no buscar las seguridades humanas y los títulos de este mundo, sino la fe en Cristo Vivo y Resucitado!

Precisamente porque fue testigo ocular de Cristo Resucitado, fue también, por otro lado, la primera en dar testimonio de él ante los apóstoles. Cumple el mandado del Resucitado: «Anda, ve a mis hermanos y diles». María la Magdalena fue y anunció a los discípulos: «He visto al Señor y ha dicho esto» (Jn 20, 17-18). De este modo se convierte, como ya hemos indicado, en evangelista, es decir, en mensajera que anuncia la buena noticia de la resurrección del Señor; o, como decía el mismo Rábano Mauro y santo Tomás de Aquino, en apostolorum apostola, porque anuncia a los apóstoles lo que a su vez anunciarán ellos por todo el mundo (Rábano Mauro, De vita beatae Mariae Magdalenae,c. XXVII; S. Tomás de Aquino, In Ioannem Evangelistam Expositio, c. XX, L. III, 6). Con razón utiliza el Doctor Angélico este término para aplicarlo a María Magdalena: ella es testigo de Cristo Resucitado y anuncia el mensaje de la Resurrección del Señor, como el resto de los apóstoles. Por eso, es justo que la celebración litúrgica de esta mujer adquiera el mismo grado de fiesta dado a la celebración de los apóstoles en el Calendario Romano General y que se destaque la especial misión de esta mujer, que es ejemplo y modelo de toda mujer en la Iglesia.

+ Arthur Roche

Arzobispo Secretario de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos

Romana, n. 62, enero-junio 2016, p. 76-80.

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